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Blog de Temas de Política y Derecho

Categoría: DERECHO

20/08/2009 GMT 0

CRÍTICAS AL DERECHO PENAL Y DOGMÁTICA JURÍDICO-PENAL

juspolis @ 00:02


 

CRÍTICAS AL DERECHO PENAL Y DOGMÁTICA JURÍDICO-PENAL

La Dogmática Penal siempre ha estado en cuestionamiento y constante revisión de su contenido. De esa forma, en el libro homenaje a LUÍS JIMÉNEZ DE ASÚA, titulado "Problemas actuales de las Ciencias Penales y Filosofía del Derecho", (1970), el jurista y profesor español Enrique GIMBERNAT ORDEING, con su investigación: "¿Tiene un Futuro la Dogmática Jurídico Penal?", puso en el tapete que en la década del ’60, en Alemania, donde el Derecho Penal a alcanzado un desarrollo sostenido extraordinario, existían círculos intelectuales en los cuales había caído en descrédito la Culpabilidad, la Pena, el Derecho Penal y naturalmente, como consecuencia, la Ciencia del Derecho Penal.

Se había establecido que toda conducta es condicionada por diversos factores, por tanto, el libre albedrío, base de la culpabilidad, no existe o por lo menos no puede ser demostrada en forma objetiva, Ello fue la premisa para concluir que el contenido de la culpabilidad, base de la Pena, es falso. Trayendo como efecto lo que GIMBERNAT etiqueta como "Teoría del Dominó": la crisis de la culpabilidad trae consigo la de la Pena; y sin Pena no puede haber Derecho Penal, y sin éste tampoco una Ciencia del Derecho Penal.

Desde otra óptica, Juan BUSTOS RAMÍREZ en su investigación "Criminología Crítica y Derecho Penal" publicado en nuevo Foro Penal (1987) sostenía que el resurgimiento de la criminología crítica en las últimas décadas ha socavado las bases de sustentación de la dogmática jurídica provocando una revisión completa del Derecho Penal. Sentenciando fatalmente el citado penalista que la identificación entre Dogmática y Derecho Penal había caído en crisis. En esta misma postura, a finales de los ’80 Eugenio Raúl ZAFFARONI, diagnosticaba que en pocos años la Critica Sociológica al Sistema Penal provocó un cuadro bastante desconcertante para la Dogmática Penal, que no logra asimilarla, sino que, por el contrario, en opinión de muchos autores conduce a su desaparición (La Critica al Derecho Penal y el Porvenir de la Dogmática Jurídica; En, criminología y Derecho Penal al servicio de la persona, libro homenaje a Antonio Beristain, San Sebastián-España, pp. 431 a 444, 1989). La Critica Sociológica concluye que si el ejercicio de poder del sistema penal pierde legitimidad, parece imposible salvar a la Dogmática Jurídica.

 

PROFECÍA JURÍDICA DEL "PROFETA" DR. LUIS JIMÉNEZ DE ASÚA 

En el Futuro la Criminología terminará por tragarse al Derecho Penal, y con ello habrá sentenciado su Pena de Muerte y Cavado su Tumba el Derecho Penal, la Dogmática Jurídico Penal, el Sistema de Justicia Penal y el Sistema Penitenciario. JIMÉNEZ DE ASÚA, LUIS. “Derecho Penal, Criminología y otros temas Penales”. México: Editorial Jurídica Universitaria. 2001. Volumen 2. Pág. 12.  

 

    

12/08/2008 GMT 0

¿TIENEN FUTURO LAS CÁRCELES?

juspolis @ 16:17

 

¿TIENEN FUTURO LAS CÁRCELES?

Rafael Ruiz Harrell

En 1990 no llegábamos en la República a cien mil personas en prisión, incluyendo tanto las federales como las del orden común. En 2005 teníamos poco más del doble de esa cifra, 209 mil, y concluimos 2006 con 225 mil entre reos que esperaban sentencia y los presos que estaban ya cumpliendo su pena. Se trataba de 230 personas por cada cien mil habitantes encerradas en 455 cárceles, prisiones y penitenciarías.

Da clara noticia del crecimiento desmedido de los centros de detención, el hecho de que de 1994 a 2006 crecieron a razón del 8.3 por ciento anual. La población en el país lo hizo a un ritmo de 1.4 por ciento por año y la delincuencia registrada en las procuradurías estatales al 1.9 anual. Es decir: las cárceles están creciendo 4.4 veces más rápidamente que la delincuencia.

Esta última cifra es sorprendente porque las autoridades, por supuesto sin pruebas y sin razón, sostienen que a más presos menos delitos. Si la afirmación fuese cierta la criminalidad se habría reducido de manera considerable en vez de seguir creciendo a un ritmo que coincide con el promedio histórico que se tiene desde 1975. Y no sólo eso: hoy se sabe que la estancia en prisión, que en promedio individual es de 8 meses y medio, está aumentando la delincuencia en violencia y en gravedad.

El motivo es curioso y triste. La policía, sobre todo la del Distrito Federal, insiste en medir sus logros por el número de arrestos -no por el número de delitos evitados-, Y EL RESULTADO ES QUE CADA VEZ ESTÁ DETENIENDO A DELINCUENTES MÁS TONTOS Y MÁS POBRES. Los reos en prisión en 2005 tenían ingresos en pesos que superaban en 8.3 por ciento a los que obtenían los reos de 2006. Se está encerrado pobres, no delincuentes, pero el problema es que estos pobres -hacinados en cárceles inhumanas e inmundas-, terminan por hacer amistad con delincuentes más expertos y fogueados y cuando salen ya no se dedican a robar tapones o antenas de autos, sino a crímenes más serios. Del primer semestre de 2005 al primero de 2007, los delitos violentos crecieron 12.8 por ciento y los delitos graves 6.9 por ciento. Las cifras son resultado de los arrestos indiscriminados que está haciendo la SSP del DF.

El Futuro

No hacen falta altas matemáticas para descubrir que el número de presos -y con ellos las cárceles-, no pueden seguir creciendo a ese ritmo. De seguir las cosas como van, EN DIEZ AÑOS, 2016, TENDRÍAMOS MÁS DE MEDIO MILLÓN DE PRESOS. Para darles albergue necesitaríamos cuando menos 830 cárceles y habríamos tenido en prisión por algunos meses a la suma asustadora de 65 millones de mexicanos. Es decir: más de la mitad de la población nacional habría estado tras las rejas cuando menos alguna vez.

Digo con esto varias cosas. LA PRIMERA es que en diez años tendríamos una población acostumbrada a la cárcel, a la cual la prisión no la asustaría y para la cual, así suene cruel, sería un segundo hogar. No habría, por supuesto, pena que llegara a atemorizarlos: ya saben de qué se trata y saben que en cuando se pierde la libertad todo sucede al azar: salir libre, recibir una sentencia excesiva, comprar libertades anticipadas y poder controlar desde adentro un emporio criminal.

LA SEGUNDA -véase lo que está sucediendo en EU-, es que no habría dinero para mantener a medio millón de personas en prisión y, menos todavía, para evitar los alzamientos, los asesinatos, los motines que surgirían de la explotación -de los presos y sus familias-, y del hacinamiento y las condiciones infrahumanas en que se los obligaría a vivir. Un ejemplo: hay, hoy en día, en el reclusorio norte, una celda de cinco por seis metros en los que se almacena a 80 presos. ¿Qué horrores no habría en diez años?

LA TERCERA es la más linda: con tanta gente con experiencia carcelaria, la criminalidad se desbordaría a límites que hoy no imaginamos. LA DELINCUENCIA SERÍA LA REGLA, NO LA EXCEPCIÓN. La inseguridad sería el tono de la vida cotidiana y la seguridad una prisión en la que tendríamos que vivir.

NO. LA CÁRCEL NO TIENE FUTURO. NI ECONÓMICO, NI POLÍTICO, NI CRIMINOLÓGICO. Es necesario ir pensando en otra cosa. LAS REJAS NO SIRVEN. Y hay que pensarlo desde ahora porque el cambio no será tan rápido como lo necesitamos. HAY QUE INVENTAR OTRAS FORMAS DE LIDIAR CON EL CRIMEN Y DE CONSEGUIR UNA VIDA SEGURA. LO QUE ESTAMOS HACIENDO HASTA AHORA ES DEMAGOGIA Y LEJOS DE SERVIR, PERJUDICA. 

 

 

22/05/2008 GMT 0

LA POBLACIÓN NO CONFÍA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

juspolis @ 02:25

LA POBLACIÓN NO CONFÍA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 

La corrupción del poder judicial y la falta de honradez de los magistrados siguen siendo los principales problemas de la administración de justicia en el Perú. Esta situación es percibida en porcentajes más altos por las mujeres y por los estratos socioeconómicos medios, reveló una encuesta del Instituto de Opinión Pública de la Universidad Católica.  

En ese sondeo, realizado en noviembre entre más de 500 personas de Lima, los abogados tampoco salen muy bien parados, ya que la población los considera, más o menos, “un mal necesario”, a los que se debe acudir aún cuando no se les tenga confianza.  

 

Ese recelo se traduce en el alto porcentaje de personas que declaró preferir arreglar sus problemas “por las buenas”, sin la intervención de las autoridades o, a lo sumo, con participación policíaca.  

 

Para el abogado Marcial Rubio, vicerrector Académico de la Universidad Católica, “arreglar por las buenas” significa “mantener al Estado lo más alejado posible de la pacificación de la vida cotidiana”.  

 

“Son cifras que demuestran que el Estado peruano no da seguridad a las personas en la vida diaria (más de la mitad no quiere verlo interviniendo) y, asentado eso, se nota también que la Policía Nacional tiene mucha más relevancia a ojos de la población para la solución de los conflictos que todo el aparato judicial”, comentó.  

 

Según el destacado jurista, la encuesta demuestra que el aparato judicial del Estado necesita una reforma sustantiva, tanto en su organización como en sus procedimientos.  

 

En efecto, los resultados de la pesquisa son alarmantes: más del 60 por ciento cree que los jueces no son independientes del poder político ni del económico, el 92 considera que los jueces “no miden con la misma vara” y administran justicia dependiendo de quién se trate, mientras que el 94 siente que la justicia no es igual para todos los sectores sociales y un 38 dice que para ganar el juicio hace falta pagar a jueces y secretarios más allá de tener o no la razón. 

 

Una de las mayores críticas que se le hace al poder judicial peruano, además de la poca confiabilidad de los jueces, es al tiempo que demoran los procesos judiciales. Por ejemplo, un juicio de alimentos puede tardar hasta cinco años y, cuando finalmente se emite la sentencia, ya no hay forma de hacerla cumplir porque el sentenciado, varón en casi el 95 por ciento de los casos, ha desaparecido.  

 

Ese malestar también se refleja en la encuesta, en la que más del 53 por ciento declaró sentirse insatisfecho con el proceso (no necesariamente con la sentencia). Resulta significativo que el mayor porcentaje de insatisfacción (56 por ciento) se dé entre las mujeres y en los sectores socioeconómicos más pobres (58 por ciento).

 

Pero quizá lo más significativo de este sondeo sean las pobres expectativas de la población respecto a una mejora de la administración de justicia: a la pregunta ¿cómo estará el poder judicial dentro de cinco años?, un 44 por ciento opinó que o permanecerá igual (34 por ciento) o empeorará mucho (10 por ciento).






FUENTE:

http://nuestra-bandera.com/articulo.php?id_articulo=217

17/05/2008 GMT 0

¿ES EL JUEZ UN CREADOR DE DERECHO?

juspolis @ 02:45

¿ES EL JUEZ UN CREADOR DE DERECHO? 

Juan Monroy Gálvez (*) 

Al inaugurarse el año judicial el presidente de ese poder afirmó categóricamente que el juez es un creador de derecho. Como toda idea nueva es peligrosa, de lo contrario no sería idea y tampoco sería nueva; solo consistiría en una verdad banal muchas veces repetida, pero siempre negada por la realidad. 

Nuestra sociedad soporta una distorsión severa de aquello que comúnmente llamamos derecho. Con este nombre aludimos al conjunto de patrones de conducta que, con formato de norma jurídica, es producido -preferentemente- por el poder estatal y que nos vincula, casi siempre en función prohibitiva o impeditiva. Ese 'derecho' solo es una construcción formal, tanto que las discusiones a su alrededor están referidas a la producción y a la estructura de la norma (¿Puede ser expedida por el ministro? ¿Puede un decreto supremo derogar una resolución suprema? etc.). Se ha afianzado tanto este 'derecho', que juristas, políticos, gobernantes y gobernados se mueven alrededor de la norma como si fuera un tótem. Un ejemplo: cada cierto tiempo urge una ley que declare la pena de muerte de los violadores de niños, sobre todo, durante las 48 horas siguientes de ocurrido el hecho. 

Este 'derecho' nos ha vuelto tan dependientes, que no hay actuación pública que no esté regulada por una norma que prevea lo que alguien debe hacer, lo que no, requisitos, plazos, etc. Este 'progreso incesante' del 'derecho' ha devenido en patológico, se ha vuelto una 'legorrea': no hay manera de saber qué ni cuántas normas están vigentes. A guisa de ejemplo, para elaborar una norma, un ingrediente fundamental es el consenso entre los legisladores. Pero en la práctica, el consenso solo consiste en la aprobación de continuas variaciones a los objetivos que motivaron la propuesta original. Al final, cuando la norma se promulga, solo es un patético reflejo de aquello que se quiso inicialmente. En los estados legislativos (no estados de derecho), como el peruano, la norma es un producto semielaborado. 

Sin embargo, como esta mercancía incompleta se consume de inmediato en la sociedad, es indispensable que otra expresión del poder estatal la perfeccione y evite el abuso. En este escenario surge la nueva función del Poder Judicial: o se mantiene fiel a los dogmas tradicionales de hace dos siglos y persiste en encargarse solo de 'aplicar la ley'; o asume -conciente y realmente- la función de tercer poder, dedicándose, preferentemente, a controlar y limitar la actuación de los otros poderes. Entonces las opciones del juez son: o sumiso 'aplicador de la ley' o militante expresión del tercer poder estatal. 

Si todo sigue igual, seguiremos teniendo al juez encargado de las clásicas funciones protectoras y represivas, sin ninguna relevancia política ni social. Es el juez que, en cumplimiento devoto del desempeño funcional de la ley, condena a Robin Hood a no menos de 10 años de prisión (robo agravado según el artículo 189 del Código Penal), pero a Herodes, que mata a un niño con su 4x4, solo le impone una pena no mayor de dos años (homicidio culposo, según el artículo del mismo código). 

Si se concreta el cambio, tendremos un juez sensible a la progresiva ausencia de consenso entre gobernantes y gobernados. Un juez capaz de contrarrestar, por ejemplo, la intención política de imponer un derecho legislativo antidemocrático que sepulte lo que queda del Estado del Bienestar. Si nuestra judicatura es consciente de que las leyes de convivencia social han sido reemplazadas por las leyes del mercado -que solo buscan la 'maximalización' del lucro-, puede gestar, alternativamente, una Jurisprudencia del Bienestar. Después de todo, la diferencia entre la ley y la jurisprudencia es la misma que existe entre la anatomía y la fisiología. Esa es la trascendencia de la frase expresada por el presidente del Poder Judicial. 

(*) Jurista peruano.

01/02/2008 GMT 0

LA LEY INJUSTA Y LA LEY CORRUPTA

juspolis @ 02:28

LA LEY INJUSTA

La ley injusta no es ley, es corruptio legis, es acto de violencia al que se puede o debe desobedecer y es ilícito obedecer [cfr. STH 1-2, 96, 4, ad 2]. La ley injusta en el pensamiento del Aquinate, es la que se opone al bien humano sea por razón de su fin [cuando el soberano impone leyes mirando más a su interés propio que en la común utilidad], por razón de su autor [cuando dicta leyes que traspasan su potestad], por razón de su forma [cuando se reparten las cargas a la multitud en manera muy desigual aún cuando se ordenen al bien común]; o al bien divino [cuando la ley que obliga a cualquier cosa contraria a la ley divina]. Más son violencia que leges (cfr. CPT 100-101).

JJJ

LA CORRUPCIÓN DE LA LEY ("LEGIS CORRUPTIO")

La "legalización del aborto", "legalización del divorcio", "legalización de la pena de muerte", "legalización del matrimonio gay", etc. es una corrupción de la ley ("Legis corruptio"), ya que no es justo "legalizar" algo que "per se" atenta contra la Naturaleza Humana, Ética-Moral Humana, RAZÓN del Derecho y la justicia fundamento del Derecho...

La "legalización" del aborto en los Estados Unidos responde a la influencia tanto del Positivismo Jurídico en el Derecho de ese país como del Relativismo Moral, en el que las personas marcan las pautas de su destino con olvido y desprecio de las Normas Objetivas Morales. No es de extrañar que la crisis moral que enfrenta la sociedad americana se refleje en sus leyes civiles.

En 1973 se "legalizó" el aborto en los Estados Unidos. Algunos años después, millones de niños no nacidos, han muerto en ese país a través de lo que se ha denominado el "holocausto moderno".

La protección de la vida debe ser uno de los más importantes intereses del Estado. El ser humano posee unos derechos que son universales, inalienables e inviolables.

Se pretende Reformar el Derecho para hacerlo practicable en la nueva situación pluralista de la sociedad, en donde se identifican "legalidad" y "moralidad": "si está permitido por la ley, deber estar acorde con la moral", dicen algunos...

Cuando invocamos el Derecho Natural para evitar la "legalización" del aborto, nos estamos refiriendo a lo que en la sociedad es objetivamente justo, acorde con la naturaleza humana, y al bien común o general de la sociedad. Nos estamos refiriendo a la verdadera antropología y a la defensa de la dignidad humana, frente a las aberraciones que la degradan.  

El Derecho y la Moral son igualmente necesarios. La separación entre Derecho y Moral expuesta por los partidarios del positivismo jurídico, constituye una contradicción jurídica.

En conclusión la Corrupción de la Ley/Derecho ("Legis corruptio"), constituye el holocausto del Sistema/ Odenamiento Jurídico, la hecatombe del Sistema Judicial/Administración de Justicia y el harakiri del Derecho.

EL JUSFILÓSOFO

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